¿QUE ES?
"Sexting" es un término que implica la recepción o transmisión de imágenes o videos que conllevan un contenido sexual a través de las redes sociales, ya sea con o sin autorización de quien los coloca en el medio.
¿en qué consiste el sexting?
El término sexting proviene del “sex” sexo; y “texting” envío de mensajes de texto por SMS desde teléfonos móviles o smartphones.
¿qué conductas constituyen el delito de sexting?
“Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona”.
Como elementos del delito tenemos:
-Difundir, revelar y ceder fotos, imágenes o cualquier material de contenido íntimo sin autorización de la persona afectada.
-Dicho contenido debe afectar gravemente la intimidad personal de la persona.
Dichos contenidos los ha obtenido el autor con la anuencia de la persona afectada.
-Son contenidos captados en el domicilio de la víctima o en cualquier lugar donde exista una previsión de intimidad.
Dichos contenidos los ha obtenido el autor con la anuencia de la persona afectada.
-Son contenidos captados en el domicilio de la víctima o en cualquier lugar donde exista una previsión de intimidad.
Los supuestos típicos de sexting son el reenvío a amigos por WhatsApp u otras redes sociales de fotografías íntimas enviadas de forma consentida por la pareja del autor; o la difusión de imágenes de encuentros ciber-sexuales con la víctima por Skype. En todos estos casos la víctima consintió en la grabación o en el envío de imágenes de contenido sexual o íntimo; pero nunca en su posterior difusión de dichos contenidos por el destinatario.
Noé Garrido y Lucía Rosado


No hay comentarios:
Publicar un comentario